domingo, 4 de junio de 2017

LA OFICINA ESTATAL CONOCIDA COMO “PERSONA” (PARTE II).

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Un residente es titular de otra oficina estatal.
Todos los residentes del Estado tienen una oficina en el gobierno estatal.
Pero no todo el mundo que es un residente ocupa  también el cargo de “persona”.
Algunos residentes tienen la función de juez y no son personas.
Algunos residentes tienen el oficio de fiscales y no son personas.
Algunos residentes tienen el oficio de policías y no son personas.
Algunos residentes tienen el oficio de legisladores y no son personas.
Algunos residentes son administradores y burócratas y tampoco son personas.
Algunos residentes son abogados y tampoco son personas.
Un abogado es un oficial estatal de los tribunales y está firmemente atado a la rama judicial. Todos los abogados le dirán que tienen “licencia” para ejercer la abogacía por el Tribunal Supremo del Estado. Por lo tanto, es ilícito para cualquier abogado mantener cualquier cargo o función fuera de la rama judicial. No puede haber abogados legisladores, ni abogados alcaldes, no hay abogados en oficios como la policía, ni hay abogados como gobernadores. Sí, ya sé que sucede todo el tiempo, sin embargo, esta práctica de la ocupación de varias oficinas por los abogados está prohibida por la Constitución y es un delito grave en la mayoría de los estados.
Si se lee más en la Constitución del estado se encuentra una cláusula que indica esto, la separación de poderes, que esencialmente se lee como sigue:
Ramas del gobierno – Los poderes del gobierno estatal se dividirán en las ramas legislativa y judicial, ejecutiva y administrativa. Ninguna persona que pertenezca a una rama ejercerá las facultades que correspondan a cualquiera de las otras ramas salvo disposición expresa en el presente documento.
Por lo tanto, un oficial de policía no puede detener a un fiscal, un fiscal no puede procesar a un juez, un juez no puede ordenar el legislador cómo hacer su trabajo y así sucesivamente.
Debido a que estas “oficinas” no son personas, el Estado no lo hará, y no se les puede procesar a ellos, por lo tanto, gozan de una protección casi completa por parte del Estado en el ejercicio de sus funciones diarias. Es por esto que es imposible demandar o presentar cargos contra la mayoría de los empleados del gobierno. Si sus crímenes se elevan al nivel en el que “chocan con la comunidad” y causan alarma en la gente, entonces van a ser despedidos de su empleo estatal y pierden su protección absoluta. Si se presta atención cuidadosamente a las noticias, se dará cuenta de que estos empleados del gobierno siempre son despedidos de su cargo o empleo estatal y luego son detenidos, ahora como una persona común, y pagan por sus crímenes. En pocas palabras, el Estado no va a comer por sí solo.
La razón por la que todos los residentes del Estado son titulares de una oficina es para que el Estado pueda controlarlo todo. Se quiere crear cada oficina para que todas las áreas de su vida están bajo el control completo del Estado. Cada oficina ha adquirido deberes y responsabilidades y todas estas oficinas están reguladas y se rigen por el Estado. Si usted lee la letra pequeña al momento de solicitar una licencia estatal o privilegio se verá que usted debe firmar una declaración de que usted es, de hecho, un “residente” de ese estado.
“Persona” es un tipo de residente. El juez es un tipo de residente. El legislador y el oficial de policía son tipos de residente. Si usted tiene cualquier oficina en el Estado, usted es un residente y está sujeto a todos los decretos legislativos en forma de estatutos.
Ellos siempre dicen que somos hombres libres. Pero nunca le dirán que las oficinas creadas legislativamente que ocupamos no son libres.
Dirán, “Todos los hombres son libres,” porque esa es una declaración verdadera.
Lo que no dicen es que si ocupan un cargo estatal  pasan de ser hombres libres a esclavos para el Estado. Ellos siempre están listos para engañarle para aceptar la oficina estatal de “persona”, y una vez que está ocupando esa oficina, deja de ser un hombre libre. Usted se convierte en una criatura regulada, llamada persona, totalmente creada por el legislador. Se escuchará que se menciona “hombres libres” todo el tiempo, pero nunca oirá hablar de “personas libres”.
Si usted construye su vida en una oficina creada por el legislador, la estará construyendo sobre arenas movedizas. La oficina se puede cambiar y manipular en cualquier momento para ajustarse a los caprichos de la legislatura. Cuando se mantiene el cargo de “persona” creado por el legislador, su oficina no es fija. Sus funciones y responsabilidades son siempre cambiantes. Cada sesión legislativa une a una “persona” a más cargas y requisitos en la forma de más reglas, leyes y estatutos.
La mayoría de las constituciones de los estados tienen una sección que declara el poder fundamental del pueblo:
El poder político – Todo el poder político es inherente al pueblo. La afirmación en el presente documento de ciertos derechos, no se interpretará para negar o poner en peligro otros que retiene el pueblo.
Observe que dice “el pueblo” no dice personas. Esta declaración expone fuera de toda duda que el pueblo es soberano sobre su gobierno creado. Esta es la ley natural y el flujo natural de los poderes delegados.
Un  Soberano es un no residente, no doméstico, no-persona, no individuo, no está sujeto a las disposiciones legales reales o imaginarias o cuasi leyes promulgadas por cualquier legislatura estatal que fue creada por la gente.
Cuando usted es detenido por la policía, baje la ventanilla y diga: “Usted está hablando a un titular de poder político soberano. No consiento que me detenga. ¿Por qué me detiene en contra de mi voluntad?”
Ahora la oficina estatal de policía sabe que está hablando con una persona de carne y hueso Soberana. El oficial de policía no puede citar a un Soberano porque la legislatura estatal sólo puede regular lo que crean. Y el Estado no crea seres humanos que detentan el poder político de soberanía. Esto es muy importante para sentar las bases adecuadas, desde el principio. Deje que el oficial de policía sepa que usted es un Soberano. Permanezca en su oficina apropiada de titular de poder político soberanoNo se deje convencer por la presión policial o trucos para ponerse la máscara de una “persona” estatal.
¿Por qué no están sujetos a cargos del estado los Soberanos? Debido al concepto de oficina. El Estado está tratando de procesar solamente una oficina particular, conocida como “persona”. Si no está en esa oficina estatal creada de “persona”, los estatutos del Estado simplemente no se aplican a usted. Este es el sentido común, por ejemplo, si usted no está en el estado de Texas, entonces las leyes de Texas no se aplican a usted. El Estado para controlar a alguien, tiene que crear primero la oficina. Luego se debe obligar a una criatura de sangre caliente a venir a ocupar ese cargo. Ellos quieren que usted pueda ocupar ese cargo.
Aquí está la comprensión de lo que a menudo expresa la Corte Suprema de los Estados Unidos, que “en el uso común, el término” persona “no incluye el Soberano, los estatutos que emplean la palabra persona se interpretarán normalmente en el sentido de excluir el Soberano.” Wilson v. Tribu Omaha, 442 EE.UU. 653, 667 (1979) (citando Estados Unidos v. Cooper Corp., 312 EE.UU. 600, 604 (1941)). Véase también Estados Unidos v. Trabajadores de mina, 330 EE.UU. 258, 275 (1947).
La idea de que la palabra “persona” excluye normalmente el Soberano también se puede remontar al “conocido principio de que el rey no está obligado por ninguna ley del Parlamento a menos que se le llamara a él por las palabras especiales y particulares.” Banco Ahorro dólar v. Estados Unidos, 19 de pared. 227, 239 (1874). Como este pasaje sugiere, sin embargo, este principio de interpretación se aplica sólo a “la promulgación de Soberanía.” Estados Unidos v. California, 297 EE.UU. 175, 186 (1936). Ver también el condado de Jefferson Asociación Farmacéutica., Inc. v. Abbott Laboratories, 460 EE.UU. 150, 161, n. 21 (1983). Por otra parte, tal como se explica en los Estados Unidos v. Herron, 20 Wall. 251, 255 (1874), aunque el principio aplicado a la promulgación de Soberanía no está exento de limitaciones: “Cuando se haga una ley del Parlamento para el bien público, como para el avance de la religión y la justicia o para prevenir lesiones y el mal, el rey está obligado por dicho acto, aunque no aparezca nombrado en la misma, pero cuando una ley es general, y por lo tanto no hay ninguna prerrogativa, derecho, título o interés que se venda o se toma de parte del rey, en tal caso el rey no está obligado, a menos que el estatuto se haga para extenderlo a él por palabras expresas”.
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En el Tribunal Supremo de EE.UU. el juez Holmes explicó:
“Un Soberano está exento de pleito, no por ninguna concepción formal o teoría obsoleta, sino mediante la base lógica y práctica de que no puede haber derecho legal en contra de la autoridad que hace la ley de la cual este derecho depende” Kawananakoa v. Polyblank, 205 U.S. 349, 353, 27 S. Ct. 526, 527, 51 L. Ed. 834 (1907).
La mayoría de los estados americanos abrazan plenamente la teoría de la inmunidad soberana, así como el gobierno federal. Ver Reformulación (Segunda) de Agravios 895B, comentario a 400 (1979).
El siguiente caso del Tribunal Supremo EE.UU. deja en claro todos estos principios.
Tendré ocasión de paso poner en evidencia, cuán cierto es, que los estados y los gobiernos se hicieron para el hombre; y al mismo tiempo cuán cierto es, que sus criaturas y sirvientes han sido engañados primero, después vilipendiados, y al fin oprimidos a su amo y el fabricante.
… Un estado, tan útil y valioso artificio como es, es el más inferior ardid del hombre; y de su dignidad nativa deriva toda su importancia adquirida.
Deje al Estado ser considerado como subordinado al pueblo, pero que todo lo demás sea subordinado al Estado. La última parte de esta afirmación se corresponde con la primera. Porque en la práctica, e incluso durante mucho tiempo, en la ciencia de la política ha habido con mucha frecuencia una fuerte corriente en contra del orden natural de las cosas, y una disposición interesada e inconsiderada a sacrificar los fines a los medios. A medida que el Estado ha reclamado precedencia sobre las personas, en el mismo curso inverso de las cosas, el gobierno ha reclamado a menudo la precedencia del Estado; y a esta perversión en segundo grado, muchos de los volúmenes confusos relativos a la Soberanía deben su existencia. Los ministros, dignificados muy adecuadamente por la denominación de magistrados, han querido y han tenido éxito en su deseo, y deben considerarse los Reyes del Estado. Este segundo grado de perversión se limita al viejo mundo, y comienza a disminuir incluso allí: pero el primer grado es todavía demasiado frecuente incluso en los diversos estados, de los que se compone nuestra unión. Por un estado quiero decir, un cuerpo completo de personas libres unidas juntas para su beneficio común, para disfrutar en paz lo que es propio, y para hacer justicia a los demás. Es una persona artificial. Tiene sus asuntos y sus intereses. Tiene sus reglas. Tiene sus derechos. Y tiene sus obligaciones. Puede adquirir una propiedad distinta de la de sus miembros. Puede incurrir en deudas para ser vertidas fuera de la acción pública, no por la fortuna privada de las personas. Puede estar vinculado por contratos; y por daños y perjuicios derivados de la violación de los mencionados contratos. En todas nuestras contemplaciones, sin embargo, en relación con esta persona fingida y artificial, nunca debemos olvidar, que, en la verdad y la naturaleza, los que piensan, hablan y actúan, son hombres. ¿Es la descripción anterior de un estado una verdadera descripción? No va a ser cuestionada, pero lo es.
Será suficiente con observar brevemente, que las Soberanías en Europa, y en particular en Inglaterra, existen en principios feudales. Ese sistema tiene en cuenta al príncipe como el Soberano, y a al pueblo como sus súbditos. Se refiere a su persona el príncipe como el objeto de la lealtad, y excluye en la idea de su ser la igualdad de condiciones con un objeto, ya sea en un tribunal de justicia o en otro lugar. Ese sistema lo contempla como la fuente de honor y autoridad; y de su gracia y donación derivan todas las franquicias, inmunidades y privilegios; es fácil percibir que un Soberano no podía ser susceptible de un tribunal de justicia, ni sometido a control judicial o limitación real. Fue por necesidad, por tanto, que la posibilidad de ser sometido a pleito se hizo incompatible con dicha soberanía. Además, el príncipe teniendo todos los poderes ejecutivos, la sentencia de los tribunales sería, de hecho, únicamente monitoria, no obligatoria para él, y una capacidad para ser aconsejado, es una cosa distinta de la legitimación pasiva. Las mismas ideas feudales corren a través de toda su jurisprudencia, y constantemente nos recuerdan la distinción entre el príncipe y el sujeto.
No hay tales ideas aquí (hablando de Estados Unidos): en la revolución, la soberanía recayó sobre el pueblo; y son realmente los Reyes del país, pero son Soberanos sin sujetos (a menos que los esclavos africanos entre nosotros sean llamados así por algunos) y no poseen ninguno la opción de gobernar sino a sí mismos; los ciudadanos de Estados Unidos son iguales como ciudadanos, y los inquilinos como conjuntos en la soberanía. Chisholm v. Georgia (Plazo de febrero de 1793) 2 419 EE.UU., 2 Dall. 419, 1 440 L.Ed.
Hay muchas maneras en que puede renunciar a su poder soberano y aceptar el papel de “persona”. Una de ellas es mediante la recepción de los beneficios del Estado. Otra es pidiendo permiso en forma de una licencia o permiso por parte del Estado.
Una de las formas más sutiles de aceptar el papel de “persona”, es responder a las preguntas de los burócratas. Cuando un burócrata del Estado llama a su puerta y quiere saber por qué sus hijos no están registrados en la escuela, o un oficial de policía le detiene y empieza a hacer preguntas, usted ocupa inmediatamente la oficina de “persona” si comienza a responder a sus preguntas.
Es por esta razón que usted debe ignorar o rechazar la “respuesta” a sus preguntas y en lugar de eso actuar como un verdadero soberano, un rey o una reina, y pedir sólo sus propias preguntas de ellos.
Usted no es un objeto o “persona” sometido a sus leyes.
Si persisten y le arrastran a un tribunal ilegalmente, su respuesta al juez es simple y directa, como Soberano, debe decirle:
No tengo necesidad de responderte sobre este asunto.
No es de su incumbencia si yo entiendo mis derechos, o si yo entiendo sus cargos ficticios.
No es de su incumbencia si quiero un abogado.
La razón no le incumbe porque no soy una persona regulada por el Estado. No mantengo ninguna posición u oficina donde estoy sujeto a la legislatura. La legislatura del Estado no dicta lo que hago.
Soy un  “hombre” (o mujer) Soberano libre y yo soy un soporte de poder político como legalmente decreta la Constitución del Estado en el artículo I (o II) y que la constitución es el control sobre ti …
Usted nunca debe retener o contratar a un abogado, un oficial de estado de tribunal, hablar o rellenar documentos escritos para usted. Utilice un abogado (si es necesario) sólo para orientación y consejo sobre su sistema “legal”. Si usted contrata a un abogado para que lo represente y hable en su lugar, usted se convierte en “NON COMPOS MENTIS”, no es competente mentalmente, y entonces, se le considera tutelado por los tribunales. Pierde todos sus derechos, y no se le permitirá hacer ninguna cosa expuesta aquí para liberarse.
El juez sabe que mientras él permanezca en su oficina, está respaldado por el impresionante poder del Estado, sus abogados, policías y cárceles. El juez va a tratar de forzarlo a abandonar su santuario Soberano mediante amenazas con la cárcel. Pase lo que pase, si permanece fiel a su soberanía, El juez y el Estado no podrán actuar legalmente en su contra.
El Estado no creó el cargo de titular de poder político soberano. Por lo tanto, no regulan y controlan la posición de Soberano. No pueden atribuir sanciones por incumplimiento de dicha oficina en particular. La razón por la que no tienen autoridad sobre la oficina del Soberano es porque no lo crearon y el pueblo soberano no les delegó tal facultad.
Al ser cuestionado, simplemente recordarles que no regulan ninguna oficina de Soberania y que sus estatutos sólo se aplican a aquellos empleados estatales en las oficinas legislativas creadas.
Este paradigma del individuo soberano se explica por el siguiente caso del Tribunal Supremo EE.UU.:
“El individuo puede defender sus derechos constitucionales como ciudadano. Él tiene derecho a ejercer su actividad privada a su manera. Su poder de contrato es ilimitado. Él no tiene ningún deber [como presentar sus libros y papeles para examinación por el Estado], ya que él no recibe nada del mismo, más allá de la protección de su vida y su propiedad. Sus derechos son como los que existían por la ley de la tierra [Common Law] muy anterior a la organización del Estado, y sólo pueden ser tomados de él por el debido proceso legal, y de acuerdo con la Constitución. Entre sus derechos están la negativa a declarar contra sí mismo, y la inmunidad de sí mismo y su propiedad de detención o embargo, excepto bajo una orden de la ley. Él no debe nada al público siempre y cuando él no haga intromisión en sus derechos “. Hale v. Henkel, 201 EE.UU. 43 a los 47 años (1905).
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Analicemos este caso. Dice: “El individuo puede defender sus derechos constitucionales.” No dice “Ocultar sus derechos.” Hay un principio aquí: “Si usted no los utiliza, los pierde”. Usted tiene que hacer valer sus derechos, reclamarlos, defenderlos.
A continuación dice: “Él tiene derecho a ejercer su actividad privada a su manera.” Dice “actividad privada” – Usted tiene el derecho de operar un negocio privado. Entonces dice: “a su manera”. No dice “al modo del gobierno”.
Entonces dice: “Su poder de contrato es ilimitado”. Como un individuo soberano, su poder de contrato es ilimitado. En el derecho común hay ciertos criterios que determinan la validez de los contratos. No son importantes aquí, excepto cualquier contrato que dañase a otros o violase sus derechos. Por ejemplo, un “contrato” para matar a alguien no es un contrato válido. Aparte de esta obvia excepción, su poder de contrato es ilimitado.
A continuación dice: “Él no tiene ningún deber [de presentar sus libros y papeles para  examinación por el Estado], ya que él no recibe nada del mismo, más allá de la protección de su vida y su propiedad.” El caso judicial contrastó el deber de la empresa (una entidad creada con el permiso del gobierno – paradigma feudal) con el deber del individuo soberano. El individuo soberano no necesita y no recibió el permiso del gobierno, por lo tanto, no tiene ninguna obligación hacia el gobierno.
Entonces dice: “Sus derechos son como los que existían por la ley de la tierra [Common Law] muy anterior a la organización del Estado.” Esto es muy importante. El Tribunal Supremo reconoce que los seres humanos tienen derechos inherentes. La Constitución de EE.UU. (incluyendo la Declaración de Derechos) no nos concede derechos. Tenemos los derechos fundamentales, independientemente de lo que dice la Constitución. La Constitución reconoce algunos de nuestros derechos. Y la Enmienda IX dice, “La enumeración en la Constitución, de ciertos derechos, no será interpretada para negar o menospreciar otros que retiene el pueblo.” El punto importante es que nuestros Derechos son antecedentes (venir antes), y son de superior nivel a la organización del Estado.
A continuación, el Tribunal Supremo dice: “Y [sus] derechos sólo pueden ser tomados de él por el debido proceso legal, y de acuerdo con la Constitución.” ¿Aquí dice que el gobierno puede quitarle sus derechos? ¡No! Sus derechos sólo pueden ser quitados “mediante el debido proceso de ley, y de acuerdo con la Constitución.” “El debido proceso legal” implica procedimientos y salvaguardias como el juicio por jurado. “El juicio por jurado” significa, entre otras cosas, los jueces del jurado hecho y de derecho.
Entonces el caso dice: “Entre sus derechos están la negativa a declarar contra sí mismo, y la inmunidad de sí mismo y su propiedad de detención o embargo, excepto bajo una orden de la ley.” Estos son algunos de los derechos de un individuo soberano. Los individuos soberanos no tendrán que notificar nada sobre ellos mismos o sus negocios a nadie.
Por último, el Tribunal Supremo dice, “Él no debe nada al público, siempre y cuando él no haga intromisión en sus derechos.” El individuo soberano no tiene que pagar impuestos.
Si usted discute el caso Hale v. Henkel con un abogado de la rueda burocrática, él o ella le dirá que el caso es “viejo” y que se ha “agotado”. Si le preguntas al abogado por una cita del caso o casos que anularon el de Hale v. Henkel, no habrá una respuesta significativa. Los proscritos han investigado Hale v Henkel y esto es lo que encontramos.:
“Sabemos que Hale v. Henkel se decidió en 1905 en el Tribunal Supremo de Estados Unidos. Ya que era el Tribunal Supremo, el caso es vinculante para todos los tribunales de la tierra, hasta que otro caso del Tribunal Supremo diga que no lo es. ¿Ha anulado otro caso de la Corte Suprema al caso Hale v. Henkel? La respuesta es NO. Como cuestión de hecho, desde 1905, el Tribunal Supremo ha citado Hale v. Henkel un total de 144 veces. Un hecho más sorprendente es que desde 1905, Hale v. Henkel ha sido citado por todos los sistemas de tribunales de apelación federales y estatales y nunca ha sido revocado con un total de más de 1600 veces. Ninguna de las diversas cuestiones de este caso han sido anuladas.
Así que si el Estado a través de la oficina del juez sigue siendo una amenaza o hace indicios de encarcelarle, están tratando de forzarle en la oficina estatal creada de “persona”. Como siempre y mientras continúe reclamando su papel legítimo de Soberano, el Estado carece de toda jurisdicción sobre usted. El Estado necesita a alguien que ocupe el oficio de “persona” con el fin de continuar un caso en sus tribunales.
Unas pocas semanas de cárcel ejercen presión intensa sobre la mayoría de las personas. La cárcel significa la pérdida de oportunidades de trabajo, la separación de los seres queridos, y el amontonamiento de las deudas. Los jueces aplican esta presión cuando intentan actuar contra usted. Cuando se lo lleve a cadenas ante una sala llena de gente el tema de consejo vendrá rápidamente y se puede decir que el tribunal está en propia persona o simplemente “POR PRO”, por su propio consejo y no se necesita ninguna otra para representarle.
No firme sus documentos o coopere con ellos porque la mayoría de las cosas acerca de su vida son privados y no son asunto de Estado para evaluar. Aquí está el mandato del pueblo soberano en la constitución de modo que el Estado respete su privacidad:
Derecho de privacidad – Todo hombre o mujer tiene el derecho a ser dejado solo y libre de la intrusión gubernamental en su vida privada, salvo que se especifique lo contrario. Esta sección no se interpretará para limitar el derecho del público de acceder a los registros públicos y reuniones previstas por la ley.
Si el juez es lo suficientemente estúpido como para seguir adelante con sus amenazas y enviarle a la cárcel, pronto se dará a conocer sin ni siquiera ser instruido de cargos y se le retirarán todos los cargos. A continuación, tendrá documentadas razones prima facie para los cargos de detención ilegal y privación de la libertad personal contra el juez.
Ahora que se conoce el mal oculto en la palabra “persona”, intenta no utilizarla más que en la conversación diaria. Sólo tiene que utilizar el término correcto, hombre o mujer. Entrene, con su familia y sus amigos para nunca utilizar la palabra despectiva “persona” nunca más.
Esto puede ser su primer paso en el camino para llegar a sí mismo libre de todo control estatal.

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