sábado, 10 de junio de 2017

EL FRAUDE DE LA LICENCIA DE MATRIMONIO.

Artículo redactado por fpmadlax.
Hacia el S XVIII el Estado comienza a hacerse responsable de la mayoria de contratos matrimoniales y de los registros… que son llamados Bodas y Registros Civiles, en donde hacian falta licencias (permisos comerciales) para poder casarte (antiguamente era la unión de mutuo acuerdo entre hombre y mujer) en los que había 3 partes: Estado, hombre y mujer (como todo el mundo sabe, las licencias se dan para comerciar, por tanto el Estado da licencia al hombre y la mujer para poder comerciar en su territorio, y poder tener productos=hijos ; matrimonios e hijos, se registran en el registro [el dueño del registro es dueño del bien registrado: el niño, o el matrimonio/fusión comercial]), además en un contrato de 2, no puede haber terceras personas, luego sería inválido dicho contrato si hay alguien que sepa de contratos, salvo que solo fuese una licencia).
Además en esa época comienza a surgir la corriente del Romanticismo donde la gente se casa por amor, no por la necesidad de tener hijos, al igual que las Uniones Civiles o las Parejas de Hecho en la actualidad, son reconocimientos de uniones afectivas para poder hacer negocios dentro del Territorio perteneciente al Estado Español (en teoría no puedes ir por libre y casarte), además mucha gente está encantada, así evita pagar tantos impuestos, con lo cual parece ser el objetivo tributario la principal motivación para una licencia de boda/matrimonio u otro tipo de unión. Además se puede observar por la cantidad de papeles que hace falta para poder casarte, lo burocráticamente importante para el Estado que es eso, y si dicho matrimonio se cambia de país de residencia, tiene que dar cuenta de si están casados o no a dicho estado mediante un registro/empadronamiento.
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Trámites:

Los documentos que tendréis que presentar son:

1.Certificado literal de Nacimiento actualizado de cada uno de los contrayentes. Para obtenerlo hay que dirigirse al Registro Civil del lugar de nacimiento. Tardan aproximadamente cinco días en tenerlo listo.
2.Certificado de soltería de los futuros esposos. Consiste en una declaración jurada del estado civil. El impreso se consigue en el Registro Civil del lugar de residencia.
3.Certificado de empadronamiento. Hay que pedirlo en el ayuntamiento de la población donde se haya residido los dos últimos años. En las grandes ciudades también se puede pedir en las Juntas Municipales.
4.Fotocopia del Documento Nacional de IdentidadPasaporte o Tarjeta de residencia de ambos y el original.
5.La solicitud que os facilitarán en el Registro Civil cumplimentada.
Es imprescindible que los testigos también lleven su Documento Nacional de Identidad o su Pasaporte.
En España te cases por lo civil o por la iglesia, los trámites burocrático que tienes que realizar son los mismos.
Luego Estado e Iglesia no están separados, y eso en cualquier país donde los trámites sean iguales: papeles, papeles y papeles… antiguamente un contrato de mutuo acuerdo entre ambos bastaba, en la actualidad no por que representa mucho dinero para el Estado.
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Certificado de matrimonio, ¿Qué es?
El certificado de matrimonio es el  documento expedido por el Encargado del Registro Civil, que hace fe del acto del matrimonio y de la fecha hora y lugar en que acontece (art. 69 LRC)
Asímismo, podrán expedirse certificaciones electrónicas de matrimonio con sello electrónico de la  Dirección General de los Registros y del Notariado a partir de los datos contenidos en la base central de datos de las personas inscritas en los Registros Civiles.
C) Certificación con sello electrónico de la Dirección General de los Registros y del Notariado: Servirá para acreditar los datos contenidos en los asientos registrales informatizados y digitalizados de la base central de datos que se hayan practicado a partir del 1 de Enero de 1950 en los Registros Civiles Municipales o en el Registro Civil Central.

http://legal.practicopedia.lainformacion.com/familia/tramites-legales-para-casarse-en-espana-444

  • 3 ¿Dónde celebrar la boda?
    El acto de casamiento podrá celebrarse en la sede del registro civil, en una junta de distrito o en el Ayuntamiento. Si tienes suerte, y conseguís convencer a alguien con poderes para celebrar el matrimonio, por ejemplo, a un concejal de tu Ayuntamiento, puedes elegir otro emplazamiento. Dependiendo del lugar que elijan los contrayentes, así será el protocolo.
  • 4 Si decidís casaros en el Registro…Si optáis por que el matrimonio se celebre en el propio Registro, los trámites serán sencillos. El día que tengáis cita deberéis acudir acompañados de dos testigos (recuerda que no pueden ser familiares y deben ser mayores de edad).
  • 5 O en el Ayuntamiento…Si preferís el Ayuntamiento, tendréis que esperar a que el servicio de protocolo os de cita.
  • 6 La ceremoniaEn todos los casos, la ceremonia se desarrolla del mismo modo. La persona que actúa como juez leerá los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil. Seguidamente, preguntará a los contrayentes si consienten en contraer matrimonio. Si ambos responden afirmativamente, dará validez al matrimonio.
  • 7 Será necesario firmar el acta de matrimonio.Posteriormente, el oficiante extenderá acta del matrimonio con su firma, la de los contrayentes y sus testigos y la enviará al registro civil (en el caso que la boda se celebre en otro emplazamiento).

¿Por qué aquí arriba se menciona al Ministerio de Justicia, cuando esto no tiene que ver con justicia, si no con buena fe? ¿Por qué hay que pagar tasas al Ayto, Registro, o donde sea para poder certificar la boda, por lo civil?

Probablemente, por que es un negocio, cuando haya un divorcio, la gente necesita la sabiduría del Ministerio de Justicia y sus lobbies asociados (abogados, procuradores, jueces, consejeros matrimoniales y psicólogos, etc…) un grupo de gente inecesaria que se mete en la vida de dos personas adultas; y que ayudan a decidir a dichas personas el cómo comportarse anímicamente (los consejeros y psicólogos), y cómo repartir los bienes y los hijos (Abogados jueces y procuradores), y de paso te cobra las tasas de Justicia, “de buena fe”,  como ya he dicho el Estado ha registrado a sus hijos en sus registros, por eso tienen la potestad de darle los hijos a uno u otro cónyuge,  dependiendo del derecho civil (derecho comercial y privado), o la ideología/dogmatismo del juez, lo que se dice “justicia en toda regla”.
Después de leer esto empezarás a darte cuenta de que el Estado y sus leyes no están hechas para protegerte a ti, si no porque tu energía, en forma de dinero (=billetes de banco y 0 y 1 en un banco), es necesaria para que siga funcionado dicho negocio (los Abogados son los que redactan las leyes, si no tienes licencia de abogado y pagas las cuotas temporales al Gremio, no tienes posibilidad de asesorar legalmente, y los Jueces antes han estudiado derecho, además son los expertos en derecho civil contractual, que nadie, salvo ellos entiende y son los que te salvan, o te condenan a los deshaucios) además la mayoría de políticos han estudiado derecho. El resto de grupos, son grupos asociados en el esquema ponzi (aunque parezca increíble).
Soluciones: Boda lícita, mediante derecho natural, esto es, justa, mediante contrato entre 2, con dos testigos (1 por parte) con sus respectivos autografos, dando Fe, y luego si hay interés, a una Iglesia para que lo reconozcan como Sagrado Matrimonio (pero sería derecho canónico, padre del derecho civil), y si no, significa que la gente solo se casa por lo civil para evitar pagar impuestos (por cierto, los impuestos son voluntarios). Aunque, también hay que tener ojo con el Vaticano.


Fuente:https://paramisonenigmas.wordpress.com/2016/12/23/el-fraude-de-la-licencia-de-matrimonio/#comment-8634

Para mas informacion, ver las siguientes definiciones:
Certificado (de matrimonio):

Documento que según su origen, público o privado, hace la plena prueba de los terceros en cuanto a la veracidad de un acto del hecho. El carácter público o privado de un certificado proviene de la investigación de la persona que lo extiende. En la práctica, todos los actos de los hechos que pueden tener la relevancia de los sujetos susceptibles de certificación, todo depende de los sistemas que adoptan las diferentes legislaciones.

Instrumento por el cual se asegura la verdad de cualquier cosa, debajo de la fe y palabra del funcionamiento que lo autoriza con su firma. Dan fe únicamente los funcionarios que gozan de fe pública, como notarios, secretarios judiciales; Y éstos, no solamente deben firmar, sino que han de sellar, y incluso signar el instrumento. | Carta o paquete postal certificado. (V. CERTIFICACIÓN.) | DE ORIGEN. El que justifica la nacionalidad y la procedencia de un buque. | DE TRABAJO. Es un documento expedido por el patrono al trabajador, y donde se hace constar, dando fe de ello, los servicios prestados.
Licencia

Del lat. Licentia

1. f. Permiso para hacer algo.

2. f. Resolución de la Administración por la que se autoriza una determinada actividad. Licencia de obras. Licencia de armas.
Matrimonio

Del lat. Matrimonio

1. m. Unión de hombre y mujer, concierto en ciertos ritos o formalidades legales, para establecer y mantener una comunidad de vida e intereses.
Interés

Del lat. Interesse 'importar'. metro. Provecho, utilidad, ganancia.

3. m. Lucro producido por el capital.5. metro. Pl. Bienes.6. metro. Pl. Conveniencia o beneficio en el orden moral del material.

Diccionario de Bouvier Law 1856 y Diccionario de la ley de Black 1979:

MATRIMONIO. Un contrato hecho en la debida forma de ley, por el cual un hombre libre y una mujer libre se comprometen recíprocamente a vivir juntos durante su vida conjunta, en la unión que debe existir entre marido y mujer. Por los términos libre y libre en esta definición se entiende, no sólo que son libres y no esclavos, sino también que están libres de todas las barras a un matrimonio legítimo. Cavar. 23, 2, 1; Ayl. Parer. 359;
Escalera, Inst. teta. 4, s. 1; Shelford en Mar. y Div. do. 1, s. 1.
2. Para hacer un matrimonio válido, las partes deben estar dispuestas a contratar, Capaz de contratar, y realmente han contratado.
3. - 1. Deben estar dispuestos a contratar. Aquellas personas, por lo tanto, que no tienen capacidad legal en cuanto a intelecto, para hacer un contrato, no pueden casarse legalmente, como idiotas, lunáticos, e infantes; Varones menores de catorce años y mujeres menores de doce años, y cuando los menores de edad se casan, deben tener el consentimiento de sus padres o tutores.
4. No hay voluntad cuando la persona se equivoca en la parte a la que se proponía casarse; Como si Pedro con la intención de casarse con María, por error o error de persona, de hecho se casa con Eliza; Sino un error en la fortuna, como si un hombre se casara con una mujer que él cree que es rica, y la encuentra pobre; O en la calidad, como si se casara con una mujer a la que consideraba casta, y que encuentra de carácter opuesto, esto no invalida el matrimonio, porque en estos casos el error es sólo de alguna calidad o accidente, y no personalmente. Poynt. En Marr. Y Div. Ch. 9.
5. Cuando el matrimonio se obtiene por la fuerza o el fraude, está claro que no hay consentimiento; Es, por lo tanto, nula ab initio y puede ser tratada como nula por todos los tribunales en los que su validez puede incidentalmente ser cuestionada. 2 Kent, Com. 66; Estante. En Marr. Y Div. 199; 2 Hagg. Contras. R. 246; 5 Paige, 43.

12. La ley común no requiere ninguna ceremonia particular para la celebración válida del matrimonio. El consentimiento de las partes es todo lo que es necesario, y como el matrimonio se dice que es un contrato jure gentium, ese consentimiento es todo lo que es necesario por el derecho natural o público. Si el contrato se hace por verba de presenti, o si se hace por verba de futuro, y seguido por la consumación, equivale a un matrimonio válido, y que las partes no pueden disolver, si de otro modo competente; No es necesario que un clérigo esté presente para dar validez al matrimonio; El consentimiento de las partes puede ser declarado ante un magistrado, o simplemente ante testigos; O posteriormente confesado o reconocido, o el matrimonio puede incluso inferirse de la cohabitación continua, y la reputación de marido y mujer, excepto en los casos de acciones civiles por adulterio,
O los procesamientos públicos para la bigamia. 1 Seda. 119; 4 Burr. 2057; Dougl. 171; Rebaba. Settl. Cas. 509; 1 Dow, 148; 2 Dow, 482; 4 Juan. 2; 18 Juan. R. 346; 6 Binn, 405; 1 Penn. R. 452; 2 Watts, R. 9. Pero la promesa de casarse en un futuro, no puede convertirse en un matrimonio por ningún proceso legal, aunque el incumplimiento de tal promesa será el fundamento de una acción por daños y perjuicios.

15. El matrimonio es un contrato destinado en su origen a persistir hasta la muerte de una de las partes contratantes. Se disuelve por muerte o divorcio.

LEAL. Legal; conforme a la ley; Como leal matri

viernes, 9 de junio de 2017

EL FRAUDE DEL CERTIFICADO DE NACIMIENTO (PARTE iii)


Texto enviado por fpmadlax
Desde 1921 el pueblo estadounidense ha aceptado el registro de los nacimientos y de los nombres de sus hijos con el gobierno del estado en el que nacen, a pesar de que no existe una ley federal que lo requiera. El estado presenta este trámite burocrático como prueba de que nacieron en los Estados Unidos, lo que les convierte en ciudadanos. Igualmente, asigna un número de seguro social a cada recién nacido.
El Estado alega un interés tan solícito en cada niño sujeto a su jurisdicción que implica, si lo considera necesario, anular la patria potestad y nombrar a un tutor (fiduciario) a los menores. El niño es un activo valioso, que, con la formación adecuada, puede aportar valiosos recursos proporcionados por su trabajo durante muchos años. El propio niño, cuando nace, es el activo del fideicomiso establecido por el acta de nacimiento y su número de seguro social es la numeración o inscripción de la confianza, que facilita el seguimiento de lo que sido certificado como propiedad del Estado. Todos los que tienen un certificado de nacimiento se consideran activos de los Estados Unidos de América en quiebra.
El gobierno federal, y por extensión todos los gobiernos de los países donde existe un banco central, quieren a los individuos etiquetados y rastreados. El hacerlo contra sus propias leyes y constituciones no es obstáculo para ellos. En E.E.U.U. la exigencia de un documento nacional de identidad es inconstitucional. Tampoco existe jurisdicción federal para legislar sobre los diversos estados, puesto que las normas de la corporación ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA solo afectan al Distrito de Columbia. Ellos no tienen una legislación para ordenar que se tenga una tarjeta de identificación, tarjeta sanitaria, etc, pero saben que la gente es ignorante de la ley, y por lo tanto se permiten allanar sus libertades mediante impuestos que ninguna ley obliga a pagar.
Para concluir, el certificado de nacimiento demuestra que usted es la propiedad nacional de los bancos internacionales. El certificado de nacimiento se convierte así en una forma de robo, el robo de la verdadera identidad del niño, reducido a la condición de servidor del Estado. Al colocar un sello de aprobación nacional a un niño, el Estado niega la libertad, los derechos y la dignidad inherente al ser humano. Usted no necesita una prueba de haber nacido, su respiración es suficiente prueba para estos hipócritas. Al requerir una licencia, el estado reclama el control total de su libertad y su propiedad.
Ahora pregúntese, ¿alguna vez, en toda su vida, ha firmado su nombre en MAYÚSCULAS? ¡Por supuesto que no! ¿Siempre ha utilizado tanto mayúsculas como minúsculas para firmar su nombre? Sí. ¿Y por qué es eso? Porque eso es lo que te han enseñado desde que eras niño. Debido a la regla estándar de la Ley que regula el uso de la gramática inglesa, la capitalización correcta de los nombres propios debe comenzar con una letra mayúscula y el resto del nombre debe ser escrito en letras minúsculas. En la Ley, esto permite a otros saber que son una entidad creada por Dios, y no una entidad creada por el hombre. Ahora bien, hay entidades creadas por el hombre, las Corporaciones, por ejemplo. Las empresas, que se conocen como “personas jurídicas”, son creadas por el gobierno. Se crean en un pedazo de papel y son traídas a la existencia por el gobierno. Para diferenciar entre los creados por la Naturaleza y los creados por el gobierno, los nombres de estos últimos se escriben en mayúsculas. Esto permite a otros saber que esta entidad no tiene cuerpo, alma y espíritu, sino que se trata de una entidad ficticia creada con el propósito de obtener una ganancia.
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Ahora bien, si nos fijamos en una licencia, certificado de nacimiento o tarjeta de identificación, vemos que el nombre que aparece en él ¡se escribe en letras mayúsculas!. Esto significa que la entidad es un siervo del gobierno, una entidad ficticia cuya existencia es meramente administrativa, y no real. La creación de ese ser fantasmal está reconocida en el mismo “Black’s Law Dictionary” bajo la figura del “straw man” (u “hombre de paja”): “Un tercero utilizado en algunas transacciones como cesionario temporal para permitir a las partes algo que de otra forma no es permitido”. Es decir, para permitir la usurpación de los bienes y propiedades del ser humano real bajo la figura de que aquél a quien se le expropian no es él, sino un “doble”. “Hecha la ley, hecha la trampa”, reza el refrán.
Es hora de responsabilizarnos de nuestra auténtica Identidad en todos los aspectos, ergo es indispensable conocer primero e integrar después, la demoledora y contundente evidencia de una larga y complicada serie de hechos “ilegítimos”, pero convertidos en “legales”, con alcance planetario, los cuales han permitido el dominio y control de la ingenua, cómoda e ignorante Humanidad, la cual prefiere seguir confiando en que es libre porque ignora la manipulación de que ha sido objeto.


Fuente:https://paramisonenigmas.wordpress.com/2015/11/10/el-fraude-del-certificado-de-nacimiento-parte-iii/

EL FRAUDE DEL CERTIFICADO DE NACIMIENTO (PARTE ii)

EL FRAUDE DEL CERTIFICADO DE NACIMIENTO (PARTE ii)

Texto enviado por fpmadlax.
Desde que los EE.UU se declararon en quiebra en 1933, todo el dinero nuevo ha de ser prestado a la existencia. Cada esclavo lo crea con su firma, es un bono. En aquél momento, todos los estados comenzaron a emitir un número de serie, titulada “certificados de depósito” para nacimientos y matrimonios con el fin de convertir a sus ciudadanos en garantía contra los préstamos y bonos municipales contratados con los bancos de la Reserva Federal. Esto simplemente significa que la capacidad del pueblo estadounidense y otros con el trabajo es pagar esa deuda. Con el fin de catalogar sus trabajadores, el gobierno necesitaba un sistema eficiente y metódico rastreo de su propiedad para ese fin.
Los seres humanos de hoy en día son considerados simplemente como recursos, “recursos humanos”. Las personas son recursos del gobierno, sus certificados de nacimiento son una garantía en la Bolsa de Nueva York, por lo que todo certificado de nacimiento está impreso en papel moneda (o de seguridad), al igual que ocurre con los billetes de banco, bonos, cheques y pagarés. En la parte inferior del documento siempre se hará constar una serie de números, números rojos que son una clave de seguridad que garantiza el valor de cambio de la mercancía identificada -el “doble tú”, la “persona jurídica”- en la Bolsa de Valores Mundial. De aquí nace otro concepto macabro, que es el de “daño colateral” para designar la pérdida de vidas civiles en los conflictos neo-coloniales de las últimas décadas. En realidad son daños que se generan en la deuda del país.“
La asignación de un valor monetario a los ciudadanos por parte del gobierno nació en los Estados Unidos el 14 de julio de 1862, cuando el presidente Lincoln ofreció un interés del 6% adicional en los bonos del Tesoro a los estados que liberaron a sus esclavos sobre la base de cada “cabeza” de ganado humano “liberada”. No deja de ser paradójico que el beneficio económico de la esclavitud abolida fuera compensando con otro beneficio económico que a la larga iba a traer una nueva forma de esclavitud para todo Occiente. Una vez que los bancos centrales son el prestatario de los gobiernos, urgidos a gastar cada vez mayores cantidades de dinero, solo la quiebra de los propietarios privados garantiza la aportación de capital. El gobierno trabaja contra los ciudadanos para facilitar que los bancos en cuyas manos está se conviertan en los propietarios de todos los bienes en todos los países“ mediante un fraude masivo que, la gente por desconocimiento o falta de interés, desconoce. „Ese es el plan real.“ trasvasar las riquezas publicas a manos privadas de corporaciones.
¿Fe de nacimiento o registro de la garantía de pago que es todo ciudadano para el Estado?
Dicho fraude tiene varias fases, la primera de todas es que en principio en Estados Unidos en el S XIX no habia ninguna intencion de hacer mas guerras, especialmente después de la de independencia de 1776, y la guerra Anglo-Americana de 1812, que resultaron de forma nefasta, pero como el gobierno de EEUU se negaba en redondo a facilitar la instalación de un banco central privado, a semejanza que muchos países europeos… lo mejor que podían hacer es crear una necesidad de financiación, y la mejor forma para eso, era la creación de una guerra. Para crear la guerra, enviaron a agentes al sur de Estados Unidos y entrenaron y financiaron una milicia, al cabo de una década aproximadamente, el Sur decide ir por libre y comienza la guerra, entonces el presidente Lincoln necesitaba financiación, como dicha financiación era a un interés muy alto (financiado por los mismos que crearon la guerra) Lincoln decidió imprimir papel moneda (libre de deuda), y financiar con el valor de las propiedades de los estados del norte y también aplicó un impuesto a la renta de los ciudadanos.
Los estados del norte ganaron la guerra, pero tenían que reconstruir el país, y también Lincoln fue asesinado para así poder meter, por la puerta de atrás, una ley sobre un banco privado. [ Si no lo creéis, aquí lo tenéis explicado y referenciado: ¿QUIÉN GANÓ CON LA MUERTE DE LINCOLN? ]
Durante un tiempo, el Cartel Bancario manejó el sistema monetario Americano a su discreción, con bastantes bancarrotas provocadas (ya que ellos eran quienes guardaban el dinero, aunque no lo imprimían, sí que guardaban gran parte de los valores, y manipulaban por detrás la bolsa de valores), y provocando desconfianza entre los americanos. Después de la bancarrota de 1907 siguieron con la siguiente parte del plan, y es mediante la manipulación (ilegal) de la Constitución, ya que estaba prohibido poner un impuesto por la renta a la personas, y durante la guerra civil (fue una excepción) hicieron legal el impuesto a la renta, y de paso mediante el Acta de la Reserva Federal, hicieron que dicha institución privada, controlada por las 12 familias banqueras mas importantes, no solo controlase los mayores bancos, y la bolsa de valores, sino también imprimir el dinero de todo el país, y para que aparentase que no era un banco central, lo llamaron Sistema de la Reserva Federal, que son 12 bancos, manejados por una junta, donde gobernaban los amigos o familiares de los banqueros, y cuya mision es emitir mas o menos papel moneda.
Después del acta de la reserva Federal, ocurrió la 1a Guerra Mundial, eso conllevó a que el mundo necesitaba producir bienes, y dinero, y por tanto ya que EEUU estaba todavía recuperándose del crash de 1907, fue un gran punto para poder recuperar la economía.
Después de la 1a Guerra Mundial, EEUU se convirtió en una superpotencia, todavía no tan importante como Inglaterra, pero iba por ese camino. Debido al exceso de producción, hubo mucho dinero, y hubo burbujas en la bolsa de valores, hasta que, el 10 de Octubre de 1929, los Banqueros de Wall Street provocaron el pánico, y la bolsa de valores cayó en picado, provocando el pánico masivo, la recesión, desempleo, suicidios, y también la incertidumbre; gracias a este movimiento maestro, el país entró en barrena, y en 1933 se declaró en Bancarrota, y absorbido por la Corporación de los US, situada en Washington DC.
El origen de este fraude masivo, ocurrió en los E.E.U.U. Y se debe a que, después de la Guerra Civil Americana, el congreso de los EEUU tenía que conseguir financiación que no tenía, y tenía que idear un plan para solucionar eso y reconstruir el país, con dinero que no tenían. Durante la guerra civil, se implementó el primer impuesto a la renta, a partir de una cantidad de ganancias, pero aun así fue insuficiente para reconstruir el país, y tampoco era muy recomendable subir los impuestos, por tanto la idea fue entre otras, mediante la conversión fraudulenta de certificados de nacimiento. Los médicos, que son franquicias del Estado, están obligados a firmar estos certificados. Los remitirán a la Secretaría de Estado en Sacramento, desde donde se extienden numerosas copias, siendo la más valiosa para el Gobierno la remitida al Departamento de Comercio en Washington, DC. El Departamento de Comercio de Washington creará nuevas copias certificadas y las enviará al Fondo Monetario Internacional en Bruselas, Bélgica (esto a partir de la formación del fondo, después de la 2a Guerra mundial, pero anteriormente, desde 1865 hasta 1933 quienes en verdad controlaron América fueron los banqueros privados, mediante muchos trucos legales).
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Mediante este sistema, se garantiza el préstamo de estas enormes sumas de dinero a varios gobiernos de todo el mundo, incluido el Congreso de los Estados Unidos, y éstos utilizan como garantía estos certificados de nacimiento, que son tratados como partidas de patrimonio neto que vencen en el 18 cumpleaños de la persona cuyo nombre aparece en el certificado. El banco realiza un seguimiento de estos y utiliza el número que cualquier nación en particular tiene a su disposición, como garantía de la deuda internacional, como “unidades de ejecución” de la deuda internacional. Por lo tanto, los gobiernos están asegurando su deuda internacional haciéndola recaer en las personas y bienes de sus ciudadanos. Técnicamente se está efectuando una conversión fraudulenta de la partida de nacimiento porque nunca se informa a los inscriptores de lo que se está haciendo en realidad, máxime cuando se presenta la inscripción del recién nacido como una obligación, y faltar a ella acarrea una cuantiosa multa … una coacción en toda regla. Nunca te dijeron que estaban obteniendo un gravamen sobre tu persona y haciéndote responsable de una deuda con terceros. La coacción ejercida convierte la participación ignorante del ciudadano en lo que el derecho define como un “contrato inmoral”.

Fuente: https://paramisonenigmas.wordpress.com/2015/11/09/el-fraude-del-certificado-de-nacimiento-parte-ii/

jueves, 8 de junio de 2017

EL FRAUDE DEL CERTIFICADO DE NACIMIENTO.

EL FRAUDE DEL CERTIFICADO DE NACIMIENTO.

Texto enviado por fpmadlax.
*Este artículo y la información aquí contenida es aplicable a cualquiera que posea un certificado de nacimiento, registrado en un Registro público con un número correlativo, o número de serie.
**Para comprobar el uso del Certificado de Nacimiento y su valor en dinero, puede comprobarlo en este enlace (instrucciones, introducir la letra/letras espacio y los números seguidos; también se puede comprobar mediante la introducción del DNI): http://www.Fidelity.com
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¿Cómo se valora en verdad el precio de un país a la hora de pedir préstamos? Re: Con el Certificado de Nacimiento, dicho certificado hace un registro de cada ciudadano cuando nace, y dicho registro se aporta en el futuro para valorar el número de acciones de dicho país, en un “papel de activos” (securities paper); cuantas más acciones (=Shares) aporte un país, mas crédito pueden pedir los países a los bancos; una vez pedido el préstamo y contraído la deuda, imposible de pagar, el siguiente paso del fraude son los países que se ponen en valoración y en venta, por ejemplo: Repúblicas de Colombia y de Portugal, que se registran como empresas en la SEC (Securities Exchange Comission=Comisión de Intercambio de Valores Americana).
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El certificado de nacimiento es un papel en donde se determinan las expectativas de beneficio de un país con cada ser humano que nace, por tanto los ciudadanos son usados como mercancías e intercambiados sus valores por los estados. El Registro Civil [Registro donde en la época romana se registraba a los Civiles, o personas que pagan impuestos al imperio], donde aparece el concepto póliza [concepto de seguros]) mediante este registro, el Estado espera recibir una determinada cantidad de ingresos y es a partir de aquí una de las formas de medir a los países en cuanto al mercado económico mundial, es decir los países son empresas que cotizan en bolsa (mejor dicho los Estados, que son personas… legales, o empresas, o corporaciones que gestionan los países) y por tanto dichos activos, los certificados se someten a derecho mercantil. Debido a su oscurantismo, los mismos progenitores de este nuevo sistema esclavo estatal, colaboran con ello sin saberlo.
El Código Uniforme de Comercio (UCC), la Biblia legal del mundo de los negocios, es el sistema que armoniza la legislación sobre transacciones comerciales, en particular ventas, en todo Occidente. Su origen es el Derecho Romano, del que el Derecho Canónico vaticano es heredero directo. Los reglamentos establecidos por dicho Código (ojo, código, no ley, las leyes han de ser justas, si no no son leyes), están apoyados por la Iglesia Católica Romana, algo que no hay que perder de vista para entender las complejas cuestiones que siguen. Además de por dicha ley, también está englobada en lo que se llama Ley Marítima o Ley del Almirantazgo, que es la ley que mueve el mundo actualmente y que se aplica a los tribunales de arbitraje (malamente llamados tribunales de justicia, ya que lo que el juez hace es arbitrar, cada una de las partes cuenta un cuento, a ver quién gana, parece un partido de tenis, y está basado en códigos normativos preestablecidos (como cuando haces un acuerdo verbal, o contrato verbal), no en la justicia.
La trampa empieza con la normalización del término “persona” para designar a los seres humanos, en la medida en que “persona” no son sólo los hombres -si son pensados como tales-, sino también entidades que son reconocidas jurídicamente como sujetos legales de derechos y deberes. Así, el diccionario de la RAE define el término “persona” como “Organización de personas o de personas y de bienes a la que el derecho reconoce capacidad unitaria para ser sujeto de derechos y obligaciones, como las corporaciones, asociaciones, sociedades y fundaciones”. De ahí la distinción básica entre persona física y persona jurídica, que nace de la filosofía del Derecho de la “escuela de Salamanca” en el siglo XVI. No obstante, el tratamiento jurídico del término deriva de su codificación legal en el mundo anglosajón, del cual es principal referencia, el “Black’s Law Dictionary” o Diccionario del Derecho Negro.
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El origen del término “persona” viene del ámbito del teatro griego antiguo, en el que designaba la máscara que cubría a los actores, a través de la cual su voz era proyectada (“per-sonare”). Por tanto sería una máscara que finge ser lo que no es (un personaje), y en el ámbito juridico, tiende a ser un sujeto (hombre, mujer) de derechos y de deberes.
Por tanto, una “Persona” (se suele definir como persona legal/moral para definir una corporación, o empresa, pero incluso persona sería también válido) es un duplicado legal del humano, reducido a la condición de “mercancía esclava” por la “cesión” -en la demencial codificación que del parto que la madre realiza hace la Ley- . Al “romper aguas”, un ser humano es “botado” (nótese la singular coincidencia entre el “inaugurar un barco” y el “expulsar, arrojar, echar fuera” que viene a significar dicho verbo). Por su asimilación con una embarcación, el neonato está, desde ese momento, sujeto a la Ley Marítima en términos de “cosa”, de mera “materia” útil. ¿Por qué no se le aplica la Ley Terrestre? Porque la “tierra” es la “madre”, que al entregar por su mano al niño al personal del hospital está haciendo inadvertidamente una renuncia de lo que a partir de ese momento va a ser una propiedad pendiente de reclamación. El certificado de nacimiento codifica la atribución de propiedad al Estado, al ceder los padres voluntariamente a su hijo en vez de reclamarlo.
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Cuando un barco atraca en un muelle debe certificar su carga ante las autoridades. Así, y de acuerdo con los protocolos establecidos por el Código Uniforme de Comercio, el capitán cumplimenta un “certificado de manifiesto” que recoge el contenido de un buque, la carga, la tripulación y los pasajeros. El certificado da cuenta de la identidad y el valor de los elementos de la nave. Cuando las personas nacen, salen del agua de su madre, deben tener, en aplicación de la Ley Marítima, un certificado de nacimiento, que es un certificado de manifiesto, ya que las personas se consideran un artículo propiedad de la corporación que es el Estado, son un “recurso humano”. “Recurso humano” significa “fuente de ingresos” sencillamente. El nuevo esclavo es el depositario de una expectativa de beneficio que revertirá sobre el Estado, garantizando el pago de la deuda de aquél. El Estado, literalmente, empieza con ello a disponer de un dinero que aún no existe, pero que detrae no de la riqueza presente, sino de la estimada en el futuro. El certificado de nacimiento es un valor en bolsa sobre el cálculo de lo que el ser humano va a producir.

Fuente:https://paramisonenigmas.wordpress.com/2015/11/09/el-fraude-del-certificado-de-nacimiento/

miércoles, 7 de junio de 2017

ALGUNAS ORIENTACIONES PARA DEJAR DE SER ESCLAVOS (PARTE ii)

El concepto de persona y personalidad:
Una persona en la antigua Grecia era un ser humano con una máscara para interpretar un rol, y se aplica a que es un ser humano con capacidad de interactuar en la “sociedad civil” y tiene personalidad jurídica, al igual que una persona artificial, tiene también personalidad jurídica para con el Estado (básicamente pagar impuestos) y tienen casi los mismos derechos (Derechos civiles, ojo!!) que tú y que yo. ¡Así es!.
Sin “personalidad” una persona natural (llamado ciudadano) o una persona legal (llamada empresa, etc…) “NO” pueden interactúar en un juicio civil, ya que necesitan un certificado de que ambas existen.
Dicho certificado es el registro (y los correspondientes documentos legales de sus actividades).
El concepto de Derecho Civil:
El derecho civil es un derecho basado en contrato. Para ello hace falta crear una corporación (el estado) mediante contrato (la constitución es un contrato/estatuto/documento fundacional empresarial), que crea un estado u otra empresa donde se compromete a unas cláusulas (o Artículos) y también se establece su estructura y acuerdo de funcionamiento básico (luego se implementan normativas internas como la ley electoral, etc…).
También los juicios, al ser mediante contrato y sin consentimiento. Si no has hecho daño a nadie, ni has matado a nadie, ni has roto la paz de la comunidad, es una invitación para el pago de una contribución (una oferta de servicio). Aunque la invitación haya sido por consumir drogas, ir exceso de velocidad (por ej. subir en 20 km/h varias veces), etc… Al igual que las multas de tráfico, multas por tener las luces rotas, o por desacato a la autoridad si no hay base real (que un policía se lo invente), o no consentir el dar la información a un policía, si lo hace de manera brusca.
Además, en temas de juicio, hay que apelar al Derecho Natural. Como cliente tienes elección, y ellos no tienen autoridad ni contrato para obligarte.
El concepto de autoridad y jurisdicción:
La autoridad viene de autor (mejor ver el diccionario para su concreta definición) y jurisdicción (dicción de la justicia, donde o de qué tipo de justicia se trata), si la jurisdicción es civil, administrativa, etc… y no has hecho los supuestos anteriores de matar, hacer daño, etc… no hay jurisdicción sobre el ser humano.
Además, se le pueden pedir al juez pruebas de dicha autoridad y jurisdicción sobre uno. Si no los demuestra, ni consientes, la mayor autoridad es el ser humano juzgado.
El concepto de juramento:
Cuando alguien jura, tiene la obligación de seguir dicho juramento. Como el 99% de los trabajadores públicos han jurado la constitución, si no la aplican, entonces actúan de forma ilegal, y se les puede pedir a la policía que los detengan por fraude, abuso de autoridad, etc… (ver mejor legalidad inglesa y el diccionario para las acusaciones).
El concepto de Policía-Agente de la ley-De Paz:
Un Policía o Guardia Civil es agente de la ley, si viene a prevenir desórdenes en la paz de la comunidad.
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Si viene a poner multas, por orden de un político de turno o pedir la documentación sin base de sospecha de un “delito auténtico”, entonces actúa como persona privada (recaudador de impuestos, o trabajador privado del político). Y no tiene autoridad sobre nadie. Y se le puede denunciar. Si encima el juez no acepta dicha denuncia, pues se le puede recusar, por prevaricación.

El concepto de abogado:
Un juicio civil no es ningún juicio, está basado más bien en un juego de tenis, en donde solo hay dos posibilidades. Y hay conceptos gramaticales o contractuales no vistos, o donde por ejemplo un delito x tiene una duración determinada (prescribe). Para ello, en teoría y por obligación hace falta un abogado, que es un actor más (Actúa como en una obra de teatro) frente al juez… pura retórica.
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El concepto de derecho natural:
En derecho natural el juez impone justicia, no arbitra ni juega a ser banquero imponiendo multas. Además no hace falta tener abogado ni nada, simplemente hacen falta que las partes aporten pruebas, y actúen de buena fe.
En derecho natural, uno tiene libertad de movimiento, y no tiene que dar más cuenta a nadie más que su conciencia.
Y el hombre tiene derechos inherentes e inalienables (nadie te los puede quitar), si no haces daño a su entorno.
Dicho derecho natural aparece en la constitución en el artículo 10.1. Pero nunca se menciona en ningún otro sitio, ni en ningún juicio apenas para no dar ideas, ya que el derecho civil actúa como un derecho esclavista.
El concepto de orden:
Las órdenes de cualquier tipo tienen que basarse en un contrato o en un acuerdo para formularse como tales. Por tanto si la policía da una orden, tienen que tener un contrato o un tipo de pedido.
El concepto de UNDERSTAND:
Esto es muy básico para entenderlo todo, en inglés la policía de forma sutil te dice: “Do you UNDER-STAND = do you STAND UNDER the contract?
O sea que te pregunta si entiendes tus derechos, pero de forma sutil te dice si te sometes al contrato.
El concepto de “Cómo se declara usted: culpable o inocente”:
En los juicios de derecho inglés (también derecho civil): La respuesta más lógica conociendo todo esto es (traducido): Yo no consiento y renuncio a los beneficios. (“no” consientes el contrato con el juez, y no te interesan los beneficios de sus decisiones comerciales).
El concepto de hibridación legal y el “color de las leyes”:
La hibridación legal es la mezcla que hacen en muchos derechos entre derecho natural y derecho civil-comercial, totalmente injusto, solo hay que apelar a los contenidos del derecho natural.
El concepto del color de las leyes, es que las leyes cambian según quienes las interpreten… las leyes no son para interpretar, ni ser flexibles, sino “NO” son leyes. Además las leyes han de ser breves y justas.


fpmadlax

martes, 6 de junio de 2017

ALGUNAS ORIENTACIONES PARA DEJAR DE SER ESCLAVOS.

A través de una maquiavélica manipulación de la gramática se nos ha hecho creer que actas, estatutos, normas y regulaciones que se aplican en comercio, y a las empresas y a sus empleados, nos son aplicables también como ciudadanos particulares.
Este proceder es un genuino fraude de ley, pero la falta de conocimiento de la mayoría lo ha perpetuado.
El Derecho es un gigantesco telón que oculta que, en realidad, el juez no ejerce justicia, “administra justicia”, lo que en realidad significa que impone preceptos normativos.
Si vamos a la raíz del problema, encontramos cuatro principios básicos del derecho que provocan una restricción mental a nuestra libertad:
1.- Los principios universales del derecho, que son pura lógica, por ejemplo:
Donde hay una obligación, hay un contrato (P. ej.: ¿estamos obligados a pagar impuestos? ¿en serio? Falso, pero te lo hacen creer).
La suerte de lo principal, la sigue lo accesorio.
Si algo está basado en fraude su aplicación es también fraudulenta e inaplicable.
2.- Principios universales/generales del contrato:
Todo son contratos, y manipulando la gramática te hacen creer que tienes que pagar impuestos, … además, el dinero es un fraude, por tanto con mayor razón, si hay fraude, no hay ninguna ley que permita el fraude, sino solo normativas contractuales (bajo contrato). Además tienen que ser universales o generales, porque también existen los particulares…
3.- El Código Civil:
Es la ley suprema española, superior a la Constitución. Como básicamente es derecho contractual, explica como deberían funcionar los contratos dentro del Estado Español.
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4.- La Gramática en sí:
La definición de las palabras, las palabras por si mismo tienen fuerza, pero los legalistas usando su “magia negra legalista” hacen que una palabra x con 2 significados pueda tener 3 ó 4 en usos contractuales (un nuevo uso). Para ver esto con claridad basta contrastar el Diccionario de la Lengua con un diccionario legal… a ser posible un diccionario legal en inglés, como Blacks law y/o bouvier para apoyo.
Respecto al punto 3, y ante el más que probable respingo que haya podido dar más de un lector, conviene aclarar que cuando una normativa es anterior a otra, es válida la normativa más antigua, por mucho que hayan cambiado conceptos. Por ejemplo, en el código civil, hay el concepto: evicción, (eviction en ingles) que es desahucio, pero la última vez lo cambiaron de nombre. En otras leyes estatales (normas internas estatales) se utiliza desahucio u otro concepto como ejecución hipotecaria creo, que a la par son o parecen lo mismo, pero el concepto antiguo es el que suele ser más válido y más puro. Por ejemplo, en lengua inglesa legal, un concepto x, han ido cambiando su definición por motivos prácticos (para ir de listos) durante varias veces en 2 siglos o han ido haciendo que dicho concepto x, sea sinónimo de un concepto y, pero en el fondo son distintos. Por ejemplo: Justificar y explicar llegará un día que lo igualaran en significado, cosa falsa porque no son iguales. Pero esos son los trucos de los legalistas, así confunden más y más, en el mundo legal.
La ley / Código Civil de 1889 regulará al Estado creado después de dicha ley. Ya sea en 1960, 1980, etc… La ley / Código Civil de 2015 regulará (en teoría sería la base legal) del Estado creado después de 2015. Los jueces al final acaban yendo al Código Civil para cualquier duda, pero ahí el engaño, el Código Civil es referencia legal (una de las llamadas fuentes del derecho donde se acude ante cualquier duda), eso me falto decírtelo antes…😉
Y muchos abogados y jueces intentarán evitar el Código Civil ante cualquier duda, porque se les acabaría el chollo. Porque, por ejemplo, según el Código Civil las evicciones/desahucios/ejecuciones hipotecarias, están prohibidas: El art. 1857 del Código Civil dice: El acreedor no puede apropiarse las cosas dadas en prenda o hipoteca, ni disponer de ellas. Eso significa que están prohibidas las daciones en pago y los desahucios. Además se ahorrarían millones de € en juicio, abogados, etc… porque apelando a este articulo, el juicio habría acabado en menos de 10 minutos.
En síntesis, el código civil es de 1889 y se aplica a cualquier entidad (persona legal/corporación/institución, etc…) creada después de 1889, sea Estado, Corporación Municipal, etc… Por tanto, la ley suprema española (ley contractual, no lo olvidemos) es el Código Civil, incluso si el estado cambia el Código Civil en el 2015 se seguirá aplicando la versión anterior, digan lo que digan. La razón es que el estado es una empresa, y como toda empresa tiene que ser creada mediante derecho civil. Al crearla se establecen sus estatutos, que también se llaman Constitución (de constituir), y es en ellos donde se establece su funcionamiento…
La CONSTITUCIÓN es la NORMA SUPREMA DEL ESTADO (pero NO es ley, una ley no puede ser aprobada por una institución sin el consentimiento explicito de los hombres), y cualquier empresa puede aplicar normas, estatutos, actas, etc… a sus empleados. Por tanto, cualquier norma del Estado solo se aplica a sus trabajadores (al igual que cualquier norma de Repsol o Telefónica, se aplica solamente a sus respectivos trabajadores).
Además, el Boletín Oficial del Estado, es un Boletín interno de la Empresa llamada Estado, “NO” es público (ni tiene poder público) por mucho que se empeñen. Sería más público (tendría más poder público y autoridad, para que se me entienda), si se llamase “Boletín Nacional de España” (las palabras tienen valor por sí mismo).
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Pero aquí la sorpresa, el documento con MÁS PODER PÚBLICO (que tiene más valor a nivel nacional) es cualquier documento de un español validado por un notario (en inglés se llama Affidavit al doc. notarial que dan fe pública) puesto que son los notarios los que dan FE de documento público.
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Además, más sorpresas, según el título VIII de la Constitución, tú puedes extinguir cualquier “sociedad civil” (=empresa, corporación, etc…) de duración indeterminada, y eso se hace mediante un documento de fe, de forma muy razonada y justificada, etc… (lo que se dice liquidar, legalmente, el Estado Español de la constitución de 1978) y ningún juez de Derecho Civil (en cualquiera de sus variantes) puede objetar… solo el juez de derecho natural.
El motivo de esto, es que en el preámbulo de la Constitución vienen quiénes son sus socios. No hace falta documento original.
Si quieres mas “info” sobre los Affidavits ya hechos por españoles, pásate por aquí: https://laovejavaliente.wordpress.com/ y contacta con Ramón y Geli mediante email y mira sus webs, ya verás.
Hace falta entender muchísimos conceptos.
El principal es que el hombre, siempre que lo haga de forma libre, justa, de buena fe, respetando a los demás, y la paz (valores humanos, y principios del contrato y del derecho a tener en cuenta) es generador de derecho, no está sujeto ni es objeto de las normas jurídicas de un ente ficticio.
También entender que un ente que “NO” existe, como es el Estado, no puede dictar normas que te atañen a tí sin tu consentimiento por escrito (es uno de los principios del contrato) y también de buena fe (otro de dichos principios).
Por tanto, damos el consentimiento implícito mediante el silencio, con cada aplicación de las leyes, y con cada imposición u orden de los agentes de la ley.
Otro de los conceptos, es que un ente que “NO” existe como es el Estado (el Estado es una empresa/corporación/institución/ sociedad civil/persona legal) es una “persona” creada bajo derecho civil-contractual, sino no existiría. Por tanto, si no hay consentimiento, dicho estado no existiría (los mismos principios aplicados a la creación de cualquier otra empresa).

lunes, 5 de junio de 2017

EL FRAUDE DEL CERTIFICADO DE NACIMIENTO.

Texto enviado por fpmadlax.
*Este artículo y la información aquí contenida es aplicable a cualquiera que posea un certificado de nacimiento, registrado en un Registro público con un número correlativo, o número de serie.
**Para comprobar el uso del Certificado de Nacimiento y su valor en dinero, puede comprobarlo en este enlace (instrucciones, introducir la letra/letras espacio y los números seguidos; también se puede comprobar mediante la introducción del DNI): http://www.Fidelity.com
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¿Cómo se valora en verdad el precio de un país a la hora de pedir préstamos? Re: Con el Certificado de Nacimiento, dicho certificado hace un registro de cada ciudadano cuando nace, y dicho registro se aporta en el futuro para valorar el número de acciones de dicho país, en un “papel de activos” (securities paper); cuantas más acciones (=Shares) aporte un país, mas crédito pueden pedir los países a los bancos; una vez pedido el préstamo y contraído la deuda, imposible de pagar, el siguiente paso del fraude son los países que se ponen en valoración y en venta, por ejemplo: Repúblicas de Colombia y de Portugal, que se registran como empresas en la SEC (Securities Exchange Comission=Comisión de Intercambio de Valores Americana).
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El certificado de nacimiento es un papel en donde se determinan las expectativas de beneficio de un país con cada ser humano que nace, por tanto los ciudadanos son usados como mercancías e intercambiados sus valores por los estados. El Registro Civil [Registro donde en la época romana se registraba a los Civiles, o personas que pagan impuestos al imperio], donde aparece el concepto póliza [concepto de seguros]) mediante este registro, el Estado espera recibir una determinada cantidad de ingresos y es a partir de aquí una de las formas de medir a los países en cuanto al mercado económico mundial, es decir los países son empresas que cotizan en bolsa (mejor dicho los Estados, que son personas… legales, o empresas, o corporaciones que gestionan los países) y por tanto dichos activos, los certificados se someten a derecho mercantil. Debido a su oscurantismo, los mismos progenitores de este nuevo sistema esclavo estatal, colaboran con ello sin saberlo.
El Código Uniforme de Comercio (UCC), la Biblia legal del mundo de los negocios, es el sistema que armoniza la legislación sobre transacciones comerciales, en particular ventas, en todo Occidente. Su origen es el Derecho Romano, del que el Derecho Canónico vaticano es heredero directo. Los reglamentos establecidos por dicho Código (ojo, código, no ley, las leyes han de ser justas, si no no son leyes), están apoyados por la Iglesia Católica Romana, algo que no hay que perder de vista para entender las complejas cuestiones que siguen. Además de por dicha ley, también está englobada en lo que se llama Ley Marítima o Ley del Almirantazgo, que es la ley que mueve el mundo actualmente y que se aplica a los tribunales de arbitraje (malamente llamados tribunales de justicia, ya que lo que el juez hace es arbitrar, cada una de las partes cuenta un cuento, a ver quién gana, parece un partido de tenis, y está basado en códigos normativos preestablecidos (como cuando haces un acuerdo verbal, o contrato verbal), no en la justicia.
La trampa empieza con la normalización del término “persona” para designar a los seres humanos, en la medida en que “persona” no son sólo los hombres -si son pensados como tales-, sino también entidades que son reconocidas jurídicamente como sujetos legales de derechos y deberes. Así, el diccionario de la RAE define el término “persona” como “Organización de personas o de personas y de bienes a la que el derecho reconoce capacidad unitaria para ser sujeto de derechos y obligaciones, como las corporaciones, asociaciones, sociedades y fundaciones”. De ahí la distinción básica entre persona física y persona jurídica, que nace de la filosofía del Derecho de la “escuela de Salamanca” en el siglo XVI. No obstante, el tratamiento jurídico del término deriva de su codificación legal en el mundo anglosajón, del cual es principal referencia, el “Black’s Law Dictionary” o Diccionario del Derecho Negro.
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El origen del término “persona” viene del ámbito del teatro griego antiguo, en el que designaba la máscara que cubría a los actores, a través de la cual su voz era proyectada (“per-sonare”). Por tanto sería una máscara que finge ser lo que no es (un personaje), y en el ámbito juridico, tiende a ser un sujeto (hombre, mujer) de derechos y de deberes.
Por tanto, una “Persona” (se suele definir como persona legal/moral para definir una corporación, o empresa, pero incluso persona sería también válido) es un duplicado legal del humano, reducido a la condición de “mercancía esclava” por la “cesión” -en la demencial codificación que del parto que la madre realiza hace la Ley- . Al “romper aguas”, un ser humano es “botado” (nótese la singular coincidencia entre el “inaugurar un barco” y el “expulsar, arrojar, echar fuera” que viene a significar dicho verbo). Por su asimilación con una embarcación, el neonato está, desde ese momento, sujeto a la Ley Marítima en términos de “cosa”, de mera “materia” útil. ¿Por qué no se le aplica la Ley Terrestre? Porque la “tierra” es la “madre”, que al entregar por su mano al niño al personal del hospital está haciendo inadvertidamente una renuncia de lo que a partir de ese momento va a ser una propiedad pendiente de reclamación. El certificado de nacimiento codifica la atribución de propiedad al Estado, al ceder los padres voluntariamente a su hijo en vez de reclamarlo.
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Cuando un barco atraca en un muelle debe certificar su carga ante las autoridades. Así, y de acuerdo con los protocolos establecidos por el Código Uniforme de Comercio, el capitán cumplimenta un “certificado de manifiesto” que recoge el contenido de un buque, la carga, la tripulación y los pasajeros. El certificado da cuenta de la identidad y el valor de los elementos de la nave. Cuando las personas nacen, salen del agua de su madre, deben tener, en aplicación de la Ley Marítima, un certificado de nacimiento, que es un certificado de manifiesto, ya que las personas se consideran un artículo propiedad de la corporación que es el Estado, son un “recurso humano”. “Recurso humano” significa “fuente de ingresos” sencillamente. El nuevo esclavo es el depositario de una expectativa de beneficio que revertirá sobre el Estado, garantizando el pago de la deuda de aquél. El Estado, literalmente, empieza con ello a disponer de un dinero que aún no existe, pero que detrae no de la riqueza presente, sino de la estimada en el futuro. El certificado de nacimiento es un valor en bolsa sobre el cálculo de lo que el ser humano va a producir.

Fuente: paramisonenigmas.wordpress.com